El STJ ordenó la excarcelación de Carlos Córdoba por falta de riesgos procesales
El Superior Tribunal de Justicia revocó la prisión preventiva del imputado al considerar que no se acreditaron peligros de fuga ni entorpecimiento de la investigación. La medida sigue los lineamientos de la Corte Suprema en los casos Donamaria y Loyo Fraire.
El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ordenó este jueves la excarcelación de Carlos Córdoba, quien se encontraba bajo prisión preventiva en el marco de un proceso penal que aún no llegó a juicio oral.
Los magistrados del máximo tribunal provincial consideraron que durante el transcurso de la causa no se habían acreditado de manera concreta ni el riesgo de fuga ni el peligro de entorpecimiento de la investigación. De esta manera, revocaron la medida cautelar que mantenía privado de su libertad al imputado.
La resolución contó con el dictamen favorable del Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, el doctor Eduardo Urquiza, quien avaló la excarcelación tras analizar los elementos del expediente.
Según el fallo, el Tribunal de Juicio había omitido valorar de forma adecuada la conducta que Córdoba mantuvo a lo largo de todo el proceso. En ese lapso, según indicó el STJ, no se verificó ninguna circunstancia concreta que permitiera sostener la existencia de peligro de fuga o de obstaculización de la pesquisa.
Los integrantes del Superior Tribunal hicieron especial hincapié en los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de prisión preventiva. En particular, tomaron como referencia los lineamientos fijados en los precedentes “Donamaria” y “Loyo Fraire”, que marcan los requisitos que deben evaluarse para mantener a una persona privada de su libertad de manera preventiva mientras continúa el proceso judicial.
La decisión se enmarca en el principio constitucional de que la prisión preventiva debe ser excepcional y no puede transformarse en una pena anticipada. Los jueces provinciales remarcaron que la medida debe sustentarse en datos objetivos y no en meras presunciones.
Desde fuentes judiciales consultadas por este medio, se indicó que Córdoba deberá cumplir con ciertas obligaciones impuestas por el tribunal, aunque los detalles de las condiciones de la excarcelación no trascendieron de inmediato.
El caso había generado atención en los tribunales fueguinos por la duración de la preventiva y por la discusión en torno a los estándares que se aplican para este tipo de medidas cautelares. Con esta resolución del STJ, el imputado recuperará su libertad mientras se sustancia el proceso en su contra.
La excarcelación no implica un pronunciamiento sobre la responsabilidad penal de Córdoba, quien continuará vinculado a la causa hasta que se dicte una sentencia definitiva.