Industria

Cámara revocó indemnizaciones a casi 7000 compradores de autos 0 km en Tierra del Fuego

El tribunal de apelaciones dejó sin efecto el fallo de la jueza federal Mariel Borruto que había reconocido el derecho a compensación por presunto incumplimiento en la traslación de beneficios de la Ley 19.640. Las automotrices ya no deberán pagar las indemnizaciones reclamadas.

Publicado el

El subrégimen fueguino, en el centro del debate nacional por la industria
(fuente-original)

La Cámara Federal de Apelaciones revocó este viernes el fallo que había beneficiado a casi 7000 compradores de automóviles 0 kilómetro en la provincia. La decisión deja sin efecto las indemnizaciones que la jueza federal Mariel Borruto había reconocido en una causa colectiva contra ocho terminales automotrices.

El tribunal consideró que los reclamos se encuentran prescriptos y cuestionó la suficiencia de las pruebas presentadas para demostrar que las empresas no habían trasladado a los precios de venta los beneficios fiscales derivados del subrégimen de la Ley 19.640. De esta manera, se revierte una sentencia de primera instancia que había generado expectativa entre los demandantes y preocupación en el sector industrial fueguino.

La demanda se basaba en la acusación de que las automotrices radicadas en Tierra del Fuego no habrían reflejado en sus precios de lista la exención impositiva que otorga la norma vigente desde 1984. Según los actores, esa diferencia debería haberse devuelto a los compradores en forma de rebaja o, en su defecto, indemnizarse.

Con esta revocatoria, el panorama para las empresas del sector automotor se aclara en un contexto de alta sensibilidad para el empleo en Río Grande. Las terminales que operan bajo el paraguas de la Ley 19.640 ya enfrentan suspensiones y ajustes por la caída de ventas y la renegociación de aranceles a la importación que se discute en Buenos Aires.

Desde AFARTE y la UOM se venía siguiendo de cerca el expediente, ya que cualquier condena millonaria podría haber impactado en los balances de las fábricas y, por ende, en la estabilidad de miles de puestos de trabajo. La resolución de la Cámara evita ese riesgo inmediato, aunque no cierra definitivamente la discusión sobre cómo se traslada el beneficio fiscal a la góndola y al recibo de sueldo de los fueguinos.

La jueza Borruto había hecho lugar a la demanda colectiva en 2024, ordenando el pago de sumas que en algunos casos superaban el 15 % del valor del vehículo. La Cámara, sin embargo, entendió que la mayoría de las operaciones se encontraban fuera del plazo de prescripción y que las pericias contables no lograron demostrar de manera fehaciente la retención indebida de los beneficios.

Para los compradores que integraron la acción colectiva, el fallo representa un revés significativo. Muchos habían adquirido sus vehículos entre 2018 y 2022 confiando en que el beneficio impositivo se traduciría en un precio más accesible. Ahora deberán evaluar si impulsan recursos extraordinarios ante instancias superiores.

En el sector industrial fueguino el tema es sensible porque la Ley 19.640 es el corazón del régimen promocional que sostiene la actividad electrónica y automotriz. Cada fallo judicial que pone en duda la correcta aplicación de los incentivos genera incertidumbre que luego se traslada a las líneas de montaje y a las negociaciones paritarias. El expediente había sido seguido con atención tanto en el parque industrial como en los despachos de la Casa de Gobierno, donde se teme que cualquier golpe a las terminales termine repercutiendo en la coparticipación y en el financiamiento provincial.

Guías relacionadas

← Volver al blog